25/04/2013

ABOGADOS CON DISCAPACIDAD - CONGRESOS DE LA COMISION

Mar del Plata, 30 de Noviembre y 1 de diciembre de 2007

XIº ENCUENTRO NACIONAL DE EQUIPARACIÓN DE OPORTUNIDADES PARA ABOGADOS DISCAPACITADOS

XIIº CONGRESO PROVINCIAL DE SEGURIDAD SOCIAL PARA ABOGADOS DISCAPACITADOS

“CONVENCIÓN DE LAS NACIONES UNIDAS POR LOS DERECHOS DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD: CULTURA, RECREACIÓN, DEPORTE Y TURISMO”

La Caja de Previsión Social para Abogados de la Provincia de Buenos Aires y su Comisión Interdepartamental de Abogados Discapacitados en el marco del XIº Encuentro Nacional de Equiparación de Oportunidades para Abogados Discapacitados y XIIº Congreso Provincial sobre Seguridad Social para Abogados Discapacitados

Adherimos a los propósitos y principios consagrados en la Convención sobre los Derechos Humanos de las personas con discapacidad, adoptada por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 13 de diciembre de 2006 durante el sexagésimo primer periodo de sesiones de la Asamblea General de las Naciones Unidas por la Resolución 61/106 conforme al articulo 42 la convención y su Protocolo Facultativo están abiertos a la firma de todos los estados y las organizaciones de integración regional desde el 30 de marzo de 2007.

Por cuanto significa consagrar normativamente la igualdad de oportunidades, vida independiente, plena ciudadanía y participación activa en la vida de la comunidad, así como el compromiso de implicar a todos los interesados, incluyendo a las personas con discapacidad, en particular, la referencia a la necesidad de un cambio de paradigma de un enfoque médico a un enfoque social basado en los Derechos Humanos, reconociéndola como un concepto que evoluciona y que resulta de la interacción entre esas personas y las barreras debidas a la actitud y al entorno que evitan su participación plena y efectiva en la sociedad, en igualdad de condiciones con las demás.

Dichos postulados, constituyen el fundamento principal que debe sustentar toda política de cambio.

El reto es pasar de las palabras a los hechos; por lo tanto, la presente contribución pretende fundamentalmente movilizar a los sectores interesados para que adopten acciones concretas en todos los Estados.

Consideramos que la aplicación de una legislación exhaustiva de no-discriminación en todos los países miembros es un compromiso fundamental que debe ser incluido en el plan de acción que tendrán que promover los gobiernos para dar cumplimiento a los propósitos de la Convención.

Afirmamos que una legislación de no-discriminación íntegra y vinculante será el principal instrumento para llevar a cabo ese cambio de paradigma en la política de discapacidad, colocando a las personas con discapacidad en un pie de igualdad con el resto de la población.

Consideramos que el diseño, aplicación y evaluación de las políticas de discapacidad precisan ser llevados a cabo en estrecha cooperación con las organizaciones de discapacidad.

Resulta notorio que en los últimos tiempos las personas con discapacidad han realizado grandes esfuerzos de unidad y han establecido en la mayoría de los países miembros organizaciones que representan y aglutinan sus intereses. Estas organizaciones saben lo que es necesario para mejorar la vida de las personas con discapacidad, por lo cual las mismas tienen derecho a estar implicadas en el proceso de toma de decisiones sobre todos los temas que los afectan. Compartimos el lema “Nada para las personas con discapacidad sin las personas con discapacidad”.

Creemos que es necesario garantizar que las políticas y los servicios disponibles para las personas con discapacidad y sus familias estén coordinados, en un enfoque inclusivo. Eso requerirá de cambios en la práctica actual, puesto que las necesidades de accesibilidad de los diferentes grupos de personas con discapacidad precisan ser consideradas a la hora de planificar cualquier actividad y no como una acción sobrevenida. Las necesidades de las personas con discapacidad y de sus familias son variadas y es importante ofrecer una respuesta global. Los países miembros de la Organización de las

Naciones Unidas deben realizar el máximo esfuerzo para hacer efectivas las disposiciones incluidas en la Convención.

Una legislación de no-discriminación debe cubrir todas las áreas relevantes de la vida.

Por todo ello, recomendamos a los Gobiernos, las Organizaciones sociales y a todos los seres humanos involucrados con la problemática de la discapacidad, promover acciones positivas en pro del cumplimiento de los propósitos y disposiciones establecidas en la Convención.

En tal sentido, valoramos la preocupación y la iniciativa del Honorable Senado de la Nación, que ha avanzado en la aprobación de la misma y de su protocolo facultativo y asimismo, recomendamos su pronta sanción, sin reservas, por parte de la Honorable Cámara de Diputados.

Mar del Plata, 1 de diciembre de 2007.


Conclusiones Comisión 1

Conclusiones Comisión 2

Conclusiones Comisión 3


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